domingo, 30 de diciembre de 2012

Impuestos a las Ganancias - F 572 Web




Hace mucho tiempo que no escribía en el Blog, distintos motivos personales me han llevado a no poder hacerlo. 

La intención justamente era que el mismo sea una fuente constante de herramientas para el desarrollo personal y profesional de toda persona. 

Por distintas circunstancia no ha podido ser así, pero aquí estoy de nuevo en el ruedo; y justo el tema a tratar en esta oportunidad es Impuesto a las Ganancias, el mismo tema de la última entrada; cuando en esa oportunidad daba las sugerencias necesarias para la confección del Formulario 572.

Bien, ahora terminando un año fiscal, nos encontramos ante la siguiente novedad (publicada por la AFIP en esta semana) los empleados en relación de dependencia tendrán que informar las cargas de familias y los gastos de manera electrónica desde el sitio Web de la AFIP.

El Formulario F. 572 es reemplazo por uno electrónico.

En primera instancia será obligatorio para los que percibieron remuneraciones brutas anuales iguales o mayores a $ 250.000.- (se incluye en este monto el Sueldo Anual Complementario).  

Es decir quienes cobran un total remunerativo de $ 19.230,76 mensuales tiene la obligación de presentar el formulario digital a través del sitio de la AFIP para el año fiscal 2013.

Esta modalidad también regirá para los empleados que pretendan computar los montos abonados con tarjetas de créditos correspondientes a compras realizadas en el exterior (por más que no alcancen el nivel remunerativo especificado en el párrafo anterior).

Y un dato para tener en cuenta también es que esta obligación regirá también para todos los empleados, sin importar el nivel remunerativo que cobre, cuando los empleadores (es decir la empresa donde trabajan) así lo determinen.

Para acceder a esta formulario digital, los empleados tienen que ingresar en el sitio Web de la AFIP, opción denominada "SIRADIG - Trabajador". 

¿Como se accede a SIRADIG?

Ingresar en www.afip.gob.ar - Acceso Clave Fiscal

A continuación se desplegará el listado de sistemas que tiene habilitados, en el caso de no contar con el mismo deberá darlo de alta ingresando en la misma página al "Administrador de Relaciones de Clave Fiscal"

Para ingresar es necesario contar con el nivel 2 o superior de la clave fiscal. 

En el link http://www.afip.gob.ar/cf se encuentran las instrucciones para la obtención de la clave fiscal, o bien para elevar el nivel de la misma.

¿Cual es la fecha límite para la carga de datos en el SIRADIG?

El trabajador tendrá tiempo hasta el 31 de enero del año siguiente al que se declara para ser tenidos en cuenta para su liquidación del Impuesto a las ganancias.


¿El trabajador debe conservar a disposición de la AFIP alguna documentación en particular?

Sí, de acuerdo con lo establecido en el art. 4 de la RG 3418/12 (AFIP) los beneficiarios deberán conservar a disposición de este Organismo la documentación que respalde los datos informados en el formulario de Declaración Jurada F 572 Web, así como los formularios de la Declaración Jurada F 649 / Recibos del empleador.


Fuente: http://www.afip.gob.ar/572web/


Para terminar les dejo el link del manual en PDF que emitió la AFIP sobre el aplicativo F 572 Web


http://www.afip.gob.ar/572web/documentos/ManualSiRADIG28082012.pdf

3 comentarios:

  1. ES UNA AYUDA ,VAN DOS MESES DE DESCUENTO.GRACIAS!!

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  2. Capo decime por que razón no se puede cargar en el formulario F572 cuotas de colegios privados ¿?
    También me parece un robo que nos descuenten demás y luego no te devuelven el dinero por más que presentes este formularioF572,¡¡¡Es decir solo te dicen que el resto del dinero estará cargado para un próximo descuento sin embargo el año siguiente te sacuden el descuento nuevamente.
    En estos casos me queda la duda quien es el que afana el aguante de retención o la AFIP?
    Gracias….. Por todo los consejos y los link .Estaría muy bueno que alguien cargue un listado de todo lo que podamos presentar como descargo.
    Porque tengamos en cuenta ¡¡ si te matas laburando para que tus niños puedan asistir a un colegio; que tenga una mejor educación y formación?? solo los ricos pueden¡¡ un laburador como este minero no puede pretender que sus hijos estén en una mejor sociedad.. El pobre pobre¡¡¡y el rico¡¡¡
    Gracias..

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  3. X qué para nosotros el descuento para nosotros qué trabajamos bajo patrón trabamos 12hs x día a ver sí no asemos un poco diferencia xq no alcansa y té sacan lo poco qué logras es el como

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